No queremos asustarte, pero incumplir con el pago de contribuciones de bienes raíces podría hacer que pierdas tu propiedad. Sí, así de importante es este trámite.
Si es la primera vez que compras un inmueble, hay gastos significativos que debes considerar. Entre esos, el impuesto territorial o contribuciones.
Este artículo está 100% dedicado a ayudarte a entender de qué se tratan las contribuciones, quiénes pueden ser beneficiados con una rebaja en el pago, cómo calcularlas, cuándo vencen las cuotas, etc. ¡Sigue leyendo!
¿Qué son las contribuciones de bienes raíces?
El Impuesto Territorial o contribuciones son un impuesto que se aplica a las propiedades, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°17.235. La recaudación del pago de contribuciones de bienes raíces se destina a las municipalidades de todo el país. La Tesorería General de la República (TGR) es la entidad encargada de recaudar las contribuciones, a través del Servicio de Impuestos Internos (SII).
No todos los dueños de bienes raíces deben pagar contribuciones. La ley señala que los bienes raíces no agrícolas destinados a uso habitacional están exentos del pago de contribuciones cuando su avalúo fiscal es menor a $33.199.976. Y en el caso de los bienes raíces agrícolas el avalúo fiscal no debe exceder los $11.926.486. Hay otras propiedades que tienen exención total o parcial del impuesto territorial, puedes revisar cuáles en la Ley 17.235.
Los avalúos fiscales de los inmuebles se determinan en los procesos de reavalúos y se reajustan semestralmente, según la variación del IPC del semestre anterior. Los reavalúos se realizan cada cuatro años, tomando en cuenta las plusvalías o minusvalías que experimenta el mercado en un periodo de tiempo.
Cabe señalar que los estacionamientos y bodegas pagan contribuciones de forma separada, aunque hayan sido comprados al mismo tiempo que los departamentos y estén considerados en la misma escritura.
Por otro lado, existe un beneficio adicional para quienes tienen propiedades DFL2. Esto lo explicaremos a continuación.
Exención del 50% en el pago de contribuciones de bienes raíces
El Decreto con fuerza de Ley 2 (DFL2), señala en su artículo 1 que se consideran “viviendas económicas”, aquellas que tengan una superficie construida y útil de 140 metros cuadrados o menos por unidad. No se incluyen en este cálculo piscinas, jardines, estacionamiento y otras áreas externas.
Si eres propietario de una vivienda nueva acogida a DFL2, puedes optar al beneficio de pagar solo el 50% del impuesto. Esto, siempre y cuando el avalúo fiscal de la propiedad sea menor a $33.199.976, mientras siga vigente el Reavalúo 2018.
El beneficio del 50% en el pago de contribuciones de bienes raíces tiene un límite de tiempo establecido, según el área construida:
- Hasta 70 metros cuadrados: 20 años.
- Entre 71 y 100 metros cuadrados: 15 años.
- Entre 101 y 140 metros cuadrados: 10 años.
Exención del pago de contribuciones de bienes raíces para adultos mayores
El SII informó que desde las cuotas de abril y junio de 2020, comenzó a regir la ampliación de la rebaja de contribuciones para adultos mayores económicamente vulnerables.
Con esta modificación, los adultos mayores, mujer de 60 años y hombre de 65 años, respectivamente, propietarios de bienes raíces no agrícolas con destino habitacional, con avalúo fiscal inferior a $133.319.168, podrán acogerse a una rebaja en el pago de contribuciones de bienes raíces de la siguiente forma:
- Un 100% de rebaja del impuesto territorial si sus ingresos mensuales son iguales o inferiores a $ 669.911 (13,5 UTA).
- Un 50% de rebaja del impuesto territorial si sus ingresos mensuales son superiores a $ 669.911 (13,5 UTA), e inferiores o iguales a $ 1.488.690 (30 UTA).
Si el contribuyente tiene varias propiedades, el beneficio se aplicará al que tenga el mayor avalúo, con destino habitacional.
¿Quién debe pagar las contribuciones de bienes raíces?
El pago de contribuciones de bienes raíces debe realizarlo el dueño del rol sujeto del impuesto o el ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario.
Sin embargo, la ley aclara que los usufructuarios, arrendatarios, o los que ocupen una propiedad en virtud de un acto o contrato que no implique transferencia de dominio, no estarán obligados a pagar el impuesto devengado con anterioridad al acto o contrato.
De igual forma, realizado el pago por el arrendatario, éste queda autorizado para deducir dicha suma de los cánones de arrendamiento.
¿Cómo se calculan las contribuciones?
El SII se encarga de realizar el cálculo para el pago de contribuciones de bienes raíces utilizando la siguiente fórmula:
Contribución Total = Contribución Neta + Sobretasas
La Contribución Total de la propiedad corresponde a la suma de la contribución neta, sobretasa fiscal (0.025%), y sobretasa (100%) aplicadas a sitios no edificados, pozos lastreros y propiedades abandonadas. Las sobretasas se aplican cuando corresponda.
El SII toma en cuenta el avalúo del predio y la exención que pueda beneficiarlo, una tasa anual y una sobretasa que varía según la ubicación del inmueble. En este link podrás revisar la guía del SII para calcular las contribuciones.
El pago de contribuciones de bienes raíces es un gasto que siempre debes tener en consideración cuando compras una propiedad
¿Cómo se pagan las contribuciones de bienes raíces?
El pago de contribuciones de bienes raíces se realiza en cuatro cuotas trimestrales llamadas normales, con vencimiento de la siguiente forma:
- 1ra. Cuota: 30 de abril
- 2da. Cuota: 01 de julio (El vencimiento original debería ser el 30 de junio, pero por ser fin de semana, se posterga para el día hábil siguiente).
- 3ra. Cuota: 30 de septiembre
- 4ta. Cuota: 30 de noviembre
Si el vencimiento del impuesto territorial cae sábado, domingo o festivo, el pago se puede realizar hasta el día hábil siguiente sin recargos.
Adicional a estas 4 cuotas, el SII puede girar Cuotas de Reemplazo y/o Cuotas Suplementarias:
Cuotas de reemplazo: ocurren cuando hay una disminución en el avalúo fiscal de la propiedad. Esto significa un menor valor en el pago de las contribuciones de bienes raíces. El SII emite el recibo de forma semestral.
Cuotas suplementarias: una modificación a la propiedad, como una ampliación o una nueva construcción, genera un cobro adicional ya que incrementa el avalúo fiscal del inmueble. El SII las emite de forma semestral.
Las cuotas mencionadas deben cancelarse en su vencimiento, además de las cuotas normales del año. El SII las informará a través de correo electrónico o a la dirección postal o predial, que se encuentre registrada en el sistema.
Si haces doble el pago de contribuciones de bienes raíces o pagas equivocadamente a un rol distinto, puedes solicitar la devolución entregando el original de la copia contribuyente en cualquier oficina de Tesorería, sección Operaciones.
¿Qué pasa si no pago las contribuciones dentro del plazo?
Si te atrasas en las cuotas de pago de contribuciones de bienes raíces, el Servicio de Tesorería aplicará recargos por concepto de reajuste según la variación del IPC, más el 1.5% de interés penal, por cada mes o fracción de mes de atraso.
Si transcurre un año del incumplimiento, se dará inicio a cobranzas judiciales. Si no las pagas en esa instancia, se procederá al embargo de la propiedad, la que además podría ser rematada para saldar la deuda.
Si tienes dificultades con el pago, te aconsejamos consultar por convenios de pago en la TGR para regularizar tu situación.
Certificado de Pago de Deuda de Contribuciones
El Certificado de Pago Deuda de Contribuciones es un documento necesario cuando decides vender una propiedad porque certifica que el inmueble no posee deudas vigentes ni morosas. Este certificado lo emite la TGR y puedes obtenerlo de forma virtual o presencial.
Pago de contribuciones en línea 2024
El pago de contribuciones de bienes raíces puede realizarse en bancos e instituciones financieras autorizadas. También a través del sitio web del SII y de la Tesorería. Estos son los pasos a seguir para realizar el pago de contribuciones en línea:
Si realizarás el pago desde el sitio web de Tesorería:
- Haz clic en “Pagos”, luego en “Pago de Impuestos” y “Pago de contribuciones en línea”.
- Haz clic en “Ingresar con clave” y elige la forma de ingreso, puede ser con Clave Tributaria o ClaveÚnica.
- Completa los datos requeridos y haz clic en pagar. Luego, imprime un «Certificado de Pago de Contribuciones».
Si realizarás el pago desde el sitio web del SII:
- Haz clic en “Servicios Online”, luego en “Avalúo y Contribuciones de bienes raíces”, “Contribuciones” y “Pagar”.
- Ingresa la región, comuna y rol de la propiedad. El rol lo encontrarás en la escritura del bien raíz.
- También puedes hacer clic en “Listado de propiedades para el pago de contribuciones” e ingresar a tu cuenta SII.
- En “Listado de propiedades para el pago de contribuciones”, haz clic en la propiedad.
- En la pantalla se desplegará la información de cuotas vigentes como de cuotas vencidas.
- Selecciona la o las cuotas que deseas pagar.
- Elige la institución financiera autorizada.
- Realiza el pago e imprime un «Certificado Información de Pago de Contribuciones».
Esperamos haberte ayudado a aclarar tus dudas sobre el pago de contribuciones de bienes raíces 2024. Recuerda tener en consideración este gasto si estás pensando comprar una propiedad.
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